Legalización de firma de autoridades extranjeras
Se podrán legalizar, de manera directa, las firmas de autoridades extranjeras consignadas en los siguientes documentos: certificados de nacimiento, matrimonio, defunción, soltería y otros; cuando éstas se encuentren registradas en la oficina consular.
En el caso de las sentencias de divorcio u otros documentos judiciales, estos documentos deberán contener la firma y el sello con el nombre de la autoridad judicial que lo esta suscribiendo.
En todo caso, se recomienda que antes de iniciar el proceso de legalización de firmas de cualquier documento contacte al Consulado.
Requisitos:
- Presentar el original del documento cuya firma será legalizada.
- Derechos 1,050 THB.
Legalización de firma de autoridades peruanas en el exterior
Las oficinas consulares solo legalizarán la firma de los funcionarios de la Unidad de Legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, cuando éstos a su vez han legalizado, previamente, la firma de la autoridad peruana que aparece en el documento.
Requisitos:
- Presentar el original del documento cuya firma será legalizada.
- Derechos 700 THB.
Legalización de firma de particular nacional o extranjero
Este trámite es utilizado cuando una persona desea que su firma sea certificada por una Oficina Consular. Puede ser el caso de una declaración jurada u otro documento.
Requisitos:
- El interesado se apersonará a la oficina consular con su Documento Nacional de Identidad (DNI), portando el documento en el cual pretende legalizar su firma, debiendo suscribirlo en presencia del funcionario consular.
- En el caso de un ciudadano extranjero, este se apersonará con su pasaporte y/o documento de identidad emitido por la autoridad competente del país donde se encuentra ubicada la oficina consular, portando el documento en el cual pretende legalizar su firma, debiendo suscribirlo en presencia del funcionario consular.
- Derechos 875 THB.

